Comisionada Presidente: Buen día a todos los presentes, vamos a dar inicio a la Sesión Pública Extraordinaria de fecha once de Octubre de dos mil diecisiete del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas. Solicito a la Licenciada Maythe encargada de la Dirección Jurídica, en suplencia del secretario ejecutivo tenga bien pasar lista de asistencia.

Encargada de la Dirección Jurídica: Por instrucciones de la Comisionada Presidente se va a pasar Lista de Asistencia.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Presente.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves.

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Presente.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Presente.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente se encuentra presentes en su totalidad los Señores Comisionados, por lo que existe Quórum legal correspondiente para llevar a cabo la presente Sesión Pública Extraordinaria.

Comisionada Presidente: Gracias Secretario, Señores Comisionados pasada lista de asistencia y existiendo el Quórum legal, con fundamento en el artículo 29 del Reglamento Interior de este Instituto, se declaró instalada la presente Sesión Publica Extraordinaria, siendo las doce horas con veinticinco minutos, del día once de Octubre del año dos mil diecisiete. Solicito a la encargada de la Dirección Jurídica haga del conocimiento de los señores comisionados el orden del día, y una vez hecho lo anterior consulte si es aprobarse.

Encargada de la Dirección Jurídica: Por instrucción de la Comisionada Presidente se va a dar lectura al Orden del Día.

Punto Número Uno: Inicio de la Sesión.

Punto Número Dos: Lista de Asistencia.

Punto Número Tres: Declaratoria del Quórum Legal.

Punto Número Cuatro: Lectura y en su caso aprobación del Orden del Día.

Punto Número Cinco: Lectura y en su caso aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/225/2017/RJAL.

Punto Número Seis: Lectura y en su caso aprobación de los Proyecto de Resolución de los Recursos de Revisión RR/226/2017/JCLA.

Punto Número Siete: Lectura y en su caso aprobación de los Proyecto de Resolución de los Recursos de Revisión RR/230/2017/RST.

Punto Número Ocho: Lectura y en su caso aprobación de los Proyecto de Resolución de los Recursos de Revisión RR/237/2017/RJAL.

Punto Número Nueve: Lectura y en su caso aprobación de los Proyecto de Resolución de los Recursos de Revisión RR/242/2017/RST.

Punto Número Diez: Lectura y en su caso aprobación de los Proyecto de Resolución de los Recursos de Revisión RR/243/2017/RJAL.

Punto Número Once: Clausura de la Sesión.

Comisionada Presidente Rosalinda Salinas Treviño: Señores Comisionados, con fundamento en el artículo 30 del Reglamento Interior del Instituto está a su consideración el orden del día.

De no ser así, consulte por favor a los comisionados si es de aprobarse dicho contenido.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los miembros de este Pleno, si aprueban el orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada le informo que de acuerdo al artículo 30 de este instituto se aprueba por unanimidad el orden del día.

Comisionada Presidente: Continúe, por favor.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentra lalectura y en su caso aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/225/2017/RJAL.

Ponente: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Muchas gracias, procederé a exponer el Proyecto de Resolución RR/225/2017/RJAL, se solicitó una información del Ayuntamiento de Reynosa, el sentido de la solicitud: ¿Quiénes son las personas físicas o morales que reciben dinero del erario por conceptos de comunicación social, propaganda, publicidad, o radio difusión diversa?, ¿cuánto reciben (cantidad exacta y desglosada hasta llegar al total incluidos bonos, prestaciones o cualquier tipo de dadiva o préstamo monetario o de valor)? y ¿por qué lo reciben (por publicidad, por spots, por mención, por levantar popularidad engañosa, imagen, propaganda, etcétera)?. ¿Cada cuando reciben el dinero? ¿Qué asociaciones civiles conformadas por comunicadores, periodistas o fotógrafos, reciben dinero del municipio en todo el Estado (desglosado por nombre y municipio)? ¿Cuánto dinero recibe cada una?, ¿para que recibe el dinero? ¿Cada cuando recibe el dinero? ¿Qué medios de comunicación, prensa, radio, digitales, espectaculares o televisión nacional, reciben dinero del municipio y para qué? y ¿quiénes son los trabajadores de medios de comunicación que también están en la nómina municipal?

La respuesta hasta el momento no se encontraba manejada al momento de la interposición del recurso, que fue el veinticuatro de Agosto pasado, y el agravio fue la falta de respuesta.

El recurso fue admitido el cuatro de Septiembre pasado, en el periodo de alegatos no fueron reunidos por ninguna de las partes y vamos a proponer el sentido del proyecto sobre la base de sobreseimiento.

En el presente asunto tenemos que, el particular al momento de interponer su recurso de revisión, se agravio de una falta de respuesta a su solicitud de información.

Por lo anterior, dicho recurso fue admitido a trámite y abierto el periodo de alegatos, sin que las partes se manifestación al respecto, por lo que fue declarado cerrado el periodo de instrucción.

Sin embargo, en fecha veinte de Septiembre del presente año, el sujeto obligado proporciono una respuesta al particular, a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI), lo que fue corroborado por esta ponencia al realizar una consulta pública en dicho sistema, motivo por el cual se dio vista al ahora recurrente, a fin de dejarle a salvo el derecho de interponer un nuevo recurso de revisión en contra de dicha respuesta.

Por lo tanto, al haber modificado el sujeto obligado la falta de atención al derecho de acceso a la información del ahora recurrente, esto es al proporcionarle una respuesta, se estima que el presente medio de defensa ha quedado sin materia y lo procedente será declarar el sobreseimiento en términos del artículo 174, fracción III de la Ley de Transparencia vigente en el Estado.

Queda a su consideración el proyecto de resolución planteado.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Gracias comisionado, Licenciada le solicito someta a consideración el proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por el Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves.

Comisionado: Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/225/2017/RJAL.

Comisionada Presidente: Continúe por favor.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentran lalectura y en su caso aprobación de los Proyectos de Resolución de los Recurso de Revisión RR/226/2017/JCLA.

Ponente: Comisionado Juan Carlos López Aceves: Con el permiso de este pleno someto a consideración el recurso de revisión RR/226/2017, en donde un particular se agravió en contra de la Secretaria de Educación del estado de Tamaulipas, el acto tiene que ver con:

1.- Copia del permiso por comisión sindical sin goce de sueldo del profesor Osvaldo Rodríguez Nava, actual Coordinador del Programa Social del Gobierno del Estado de Tamaulipas denominado “Bienestar Social” asignado al municipio de Bustamante, quien depende de la delegación sindical D-1-109 como comisionado en la supervisión escolar zona 97 de primarias como asesor técnico pedagógico con adscripción a la cabecera municipal de Bustamante Tamaulipas.

La autoridad mencionada no dio respuesta a la solicitud, el recurso de revisión se promovió el día veintiséis de junio de dos mil diecisiete y el agravio fue la no respuesta, se admite el 05 de Septiembre, no se presentan alegatos y el sentido del proyecto, que someto a su consideración comisionados, es que el agravio fue la falta de respuesta, lo que estamos solicitando a la autoridad es que modifique esta no respuesta que es un silencio a la autoridad y atienda debidamente al peticionario de la información dándole una respuesta para cubrir el agravio que nos está presentando ante el Instituto de Transparencia.

Solicito al pleno su apoyo para que ordenemos a la autoridad de Secretario de Educación modificar su acto y emitir una respuesta sobre la solicitud publica mencionada. Es cuánto.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Gracias comisionado, Licenciada le solicito someta a consideración el proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por Comisionado Juan Carlos López Aceves.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/226/2017/JCLA.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias, seguimos con el siguiente punto del orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentra la lectura y en su caso lectura y en su caso aprobación del proyecto de resolución del recurso RR/230/2017/RST.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias Licenciada, con su permiso voy a proceder a exponer el proyecto de resolución de este recurso que fue el 230/2017/RST, la autoridad requerida es el ayuntamiento de Tula, Tamaulipas.

Se incia con una solicitud de información muy amplia sobre diversos conceptos, los cuales mencionare a continuación:

1.- Total de transferencias o depósitos efectuado a la cuenta corriente del municipio por concepto de participaciones de los meses de octubre, noviembre, diciembre del año 2016, así como, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio y Julio del año en curso.

2.- Copia de la nómina general de personal de base. y/o confianza que labora en esta administración municipal, sueldos, compensación y demás prestaciones. Asimismo solicito copia simple de la Alta Patronal e Inscripción en el Institutito Mexicano del’ Seguro Social de cada uno de los trabajadores del ayuntamiento.

3.- Relación de gastos y aplicaciones de los dineros de la citada cuenta corriente, además requiero fotocopia del desglosé pormenorizado de su utilización pública, así como anexar al presente pedimento en que se invirtió el recurso denominado FISMUN (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y Municipal) o con la denominación que ahora tenga, misma que aterriza al municipio en diez ministraciones anuales, a decir en el presente caso pido la del mes de octubre de 2016; y las subsecuentes de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2017, asimismo obsequiar al peticionario copias fotostáticas certificadas por quien es fedatario municipal del recurso indicado como Fondo de Aportación para el Fortalecimiento de los Municipio (FORTAMUN) de los meses que lleva gobernando el actual munícipe de Tula y que se aplicó dichos numerarios.

4.- Gastos de representación y viáticos asignados al presidente municipal, incluyendo copias de facturación por concepto de combustible y consumo de alimentos.

5.- Relación de pasivos registrados al cierre de la administración dos mil once al dos mil trece.

6.- Relación de gasto por concepto de subsidios y subvenciones otorgadas en el mes de Octubre, Noviembre y Diciembre de dos mil dieciséis y los subsecuentes meses del presente año, así mismo pido me proporcione la siguiente información:

7.- ¿Cuánto dinero, gasto el R. Ayuntamiento de Ciudad Tula, por concepto de los festejo del 400 aniversario del pueblo mágico, incluyendo cabalgatas, acondicionamiento del inmueble ex profeso para la corrida de toros, hoteles y alimentación para las personas que acudieron a la convocatoria que hizo el alcalde para la celebración de dicho festejo?

8.- Documentos que obran en actas de cabildo y en la contraloría del municipio referentes al costo total de la obra denominada Boulevard (Colosio) o la nomenclatura que le hayan designado por acuerdo de los concejales del ayuntamiento; o con la denominación que se describa la obra citada

9.- Copia de la publicación en un Periódico de Mayor Circulación en el municipio a comento en el que se difunde la convocatoria de la obra boulevard “Colosio”.

10.- Nombres o razón social de la o las empresas constructoras que se registraron para el concurso de la obra, mismas que obran en el padrón de proveedores del municipio o del gobierno del estado.

11.- Copia de la entrega de las bases, resaltando que tipo de obra a ejecutar, especificaciones generales y particularidades de la obra, costo de la construcción y ¿de qué partida presupuestal se asigna el pago a la empresa que ganó el concurso?, ¿cuánto dinero pagó el municipio como anticipo?, ¿cantidades aportadas para los avances físicos de la obra? ¿y qué cantidad de dinero cubrirá el municipio por concepto del finiquito de la misma?

12.- En qué fecha se recibió el sobre cerrado, que contenía las propuestas de cada una de las empresas participantes para el curso de la obra denominada “boulevard Colosio” o la nomenclatura que se le haya asignado a la obra.

13.- ¿Qué día y mes del año en curso, en sesión pública, el comité de obra abrió los sobres lacrados (cerrados) de las propuestas de los concursantes?

14.- Nombre o razón social de la empresa que ganó la licitación, de acuerdo al mejor precio y mejor calidad de materiales que haya sido la más conveniente para la institución contratante que es el ayuntamiento.

15.- Formalidades de la obra, es decir, y que tiempo se destinó para entregarla al municipio de Tula,

16.- Copia del convenio en el que se suscriben las declaraciones que obligan al cumplimiento con lo pactado en el contrato de la obra.

17.- ¿Cómo se integró el paquete de la obra conforme a la ley de obras del estado o de la federación?

18.- ¿Qué tabuladores se tomaron en cuenta para ejecutar la obra en cita?

19.- ¿Qué porcentaje del costo total de la obra se destinó para el pago del… CMIC (Consejo Mexicano de la Industria de la Construcción)?

20.- ¿Qué referencias obran en el acta de cabildo sobre el consabido 3 por ciento que ejerce el ayuntamiento para el pago del proyecto y supervisión de la obra, entre otros?

Todos estos puntos fueron copia pie de la solicitud hecha por el particular, a esta solicitud, no hubo respuesta alguna por parte de la autoridad del ayuntamiento de Tula, por lo que en fecha cuatro de Septiembre de dos mil diecisiete se interpone un recurso de revisión cuyo agravio es en forma textual: “Al ser la omisión de la respuesta a mi solicitud de información pública por parte de la Unidad de Información Pública del municipio de Tula Tamaulipas; No existe resolución.”

Posteriormente con fecha cinco de Septiembre de dos mil diecisiete se admitió este recurso otorgándoles el término de siete días hábiles a partir de que surtiera efectos la notificación de la admisión para que ambas partes rindieran sus alegatos, a lo que ninguna de las partes rindió alegatos solicitados por este organismo garante por lo que se formula el sentido de este proyecto con fecha diez de Octubre de dos mil diecisiete, indicando que resulta fundado el agravio esgrimido por el recurrente, lo anterior debido a que tal y como lo afirma en su recurso de revisión, la autoridad señalada como responsable fue omisa en dar contestación a su solicitud de dos de agosto de dos mil diecisiete.

Por lo anterior, se revoca el acto recurrido, el cual se traduce en una falta de respuesta y se requiere a la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Tula, Tamaulipas, para que dentro del término de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución proporcione una respuesta a la solicitud de información hecha por el particular.

Lo anterior con fundamento en el artículo 169, numeral 1, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Tamaulipas.

Del mismo modo, dentro de la resolución se le instruye a la autoridad señalada como responsable, a fin de que como sujeto obligado, en términos de los artículos cuadragésimo y trigésimo segundo de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, ingrese la solicitud efectuada por el particular a la Plataforma Nacional de Transparencia.

Pongo a consideración de los señores comisionados la resolución de este proyecto.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Licenciada consulte a los comisionados miembros de este pleno si aprueban dicho proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por Comisionada Rosalinda Salinas Treviño.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/230/2017/RST.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias, continuamos con el siguiente punto del orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentra la lectura y en su caso lectura y en su caso aprobación del proyecto de resolución del recurso RR/237/2017/RJAL.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Honorable pleno, nuevamente pongo a consideración un proyecto de resolución, donde el requerido fue el Partido Revolucionario Institucional y la solicitud de información se efectuó el diez del pasado mes de Agosto y consiste en lo siguiente: “Solicito me proporciones relación de los militantes que se encuentran en su partido donde se señale su fecha de alta o registro ante su partido en el municipio de victoria.”

Se encuentra sin respuesta, el recurso de revisión procede el pasado once de Septiembre, el agravio esgrimido es la falta de respuesta, se admite el recurso el día veinte de Septiembre y en el periodo siguiente que es el de alegatos, la responsable no rindió ningún alegato.

El sentido del proyecto es que se emita una respuesta, toda vez que de las constancias de autos no se advierte que obre respuesta alguna para el recurrente, ni la autoridad rindió alegatos, y lo solicitado por el particular constituye información pública de oficio que por Ley debe de obrar en el Portal de Internet, en términos del artículo 77, fracción I, de la Ley de Transparencia.

En ese sentido al tener dicha información en su portal de internet, dicha respuesta en términos del artículo 144 de la Ley de Transparencia, debió ser respondida en términos de cinco días, con lo que evidentemente se advierte una desatención a lo estipulado en la norma en cita.

En consecuencia se ordena al ente público responsable dé una respuesta a la solicitud de información de fecha diez de agosto de dos mil diecisiete, sin costo alguno para el recurrente, dentro de los tres días hábiles siguientes en que sea notificada la presente resolución, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como al correo electrónico del particular que se tiene registrado en autos, para lo anterior deberá ceñirse a lo establecido en el Título Octavo, Capítulo I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, así mismo dentro de los mismos tres días hábiles, se deberá informar a este Organismo Revisor sobre el cumplimiento de la presente resolución, adjuntando a dicho informe los documentos originales, o en copia certificada, que acrediten la entrega de la información solicitada.

Pongo a su consideración el proyecto de resolución.

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Una observación comisionado, estoy de acuerdo con el sentido de la ponencia pero yo propongo a este pleno que cuando detectemos que es información pública de oficio, que debería estar en el portal de transparencia y no lo está y a estas alturas en que estamos ya del Sistema Nacional y la Plataforma Nacional que nuestra resoluciones hagamos un llamado de atención porque esta información la debió haber encontrado el solicitante en el portal, y la tuvo que pedir, y además de que no le dieron respuesta está la otra falta, estar empujando el cumplimiento de estas obligaciones, porque aquí estamos nosotros teniendo la etapa de acompañamiento entonces no sé si este pleno acepte esta propuesta.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Estoy de acuerdo de hacerlo cuando se mencione que no se encontró en el portal realizar el llamado de atención.

Comisionado Juan Carlos López Aceves: De acuerdo comisionado, gracias.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Licenciada consulte a los comisionados miembros de este pleno si aprueban dicho proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/237/2017/RJAL.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias, continuamos con el siguiente punto del orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentra la lectura y en su caso lectura y en su caso aprobación del proyecto de resolución del recurso RR/242/2017/RST.

Comisionada Presidente Rosalinda Salinas Treviño: Nuevamente con el permiso de este honorable pleno para poner a su consideración el recurso de revisión antes descrito, en donde la autoridad requerida fue el Ayuntamiento de Abasolo, Tamaulipas, todo se inicia con fecha catorce de Julio de dos mil diecisiete a través de una solicitud de información en los siguientes términos:

“Solicito conocer salario, compensación o cualquier otra precepción de los Funcionarios del Municipio, desde la Presidente Municipal, Direcciones y Jefaturas de Departamento, asimismo conocer la antigüedad en el cargo.

Listado de todo el personal que labora en el municipio o que se encuentra en la nómina municipal, en cual deberá incluir salario, compensación, bono o cualquier otra precepción que reciba del municipio, así como también deseo conocer la antigüedad laboral.

Deseo conocer la información curricular de todos los Funcionarios del Municipio y de la Alcalde, dicha información deberá proporcionarse conforme lo establecido en los Lineamientos de Transparencia vigente en el Estado, así como en el cual deberá acreditarse la información curricular”

A esta solicitud no hubo respuesta alguna por parte de la autoridad responsable por lo que en fecha dieciocho de Septiembre de dos mil diecisiete se interpone un recurso de revisión cuyo agravio es la falta la falta de respuesta de la solicitud de información presentada al Ayuntamiento de Abasolo, Tamaulipas a través de la Plataforma Nacional de Transparencia Tamaulipas con número de folio 00471917 de fecha catorce de Julio del presente año, ocurre a interponer el recurso de revisión ante el Órgano garante.

Este recurso de admite con fecha quince de Septiembre dos mil diecisiete otorgándole el termino de siete días hábiles a partir de que surta efecto la notificación de la admisión para que ambas partes rindieran sus alegatos, a lo que ninguna de las partes rindió alegatos sin embargo la autoridad señala como responsable en fecha veintiuno de Septiembre del actuar hizo llegar a la bandeja de entrada del correo Institucional un mensaje de datos por el cual solicitaba con fundamento en el artículo 8 constitucional, que la solicitud se hiciera por escrito.

El sentido del proyecto es de fecha diez de Octubre del actual , en donde se indica que resulta fundado el agravio esgrimido por el recurrente, lo anterior debido a que tal y como lo afirma en su recurso de revisión, hay una falta de respuesta por parte de la señalada como responsable a su solicitud de información de catorce de julio de dos mil diecisiete.

Asimismo, dentro del resolutivo quinto del presente medio de impugnación se realizó una observación a la Unidad de Transparencia de la señalada como responsable en la cual se hace de su conocimiento que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia vigente en el Estado, autorizan a la Plataforma Nacional de Transparencia como medio para formular una solicitud de información, tal y como lo hizo el hoy recurrente.

Del mismo modo, se le explicó que es el artículo 6° Constitucional del que emana el derecho de acceso a la información y el artículo 8° Constitucional el del derecho de petición.

Por lo anterior, se revoca el acto recurrido, el cual se traduce en una falta de respuesta y se requiere a la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Abasolo, Tamaulipas, para que dentro del término de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución proporcione una respuesta a la solicitud de información hecha por el particular.

Lo anterior con fundamento en el artículo 169, numeral 1, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Tamaulipas.

Pongo a su consideración comisionados el proyecto de este recurso.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Licenciada consulte a los comisionados miembros de este pleno si aprueban dicho proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por Comisionada Rosalinda Salinas Treviño.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/242/2017/RST.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias, continuamos con el siguiente punto del orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Como siguiente punto del orden del día se encuentra la lectura y en su caso lectura y en su caso aprobación del proyecto de resolución del recurso RR/243/2017/RJAL.

Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena: Con su permiso procederé a exponer el proyecto de revisión promovido contra actos de la Universidad de Seguridad y Justicia de Tamaulipas, se le solicito información el nueve de Agosto pasado, y la información consiste en lo siguiente:

“Solicito me proporcione información sobre los docentes contratados (honorarios) en este año, a la fecha, donde se señale el nombre de la persona, tipo de contrato, materias asignadas para lo cual fueron contratados, total de horas, horario asignado el cual esté debidamente valido por el área responsable, en el que se sustente la veracidad del motivo para lo cual fue contratado. Le informo que los datos proporcionados sea falsa incurre en una responsabilidad como institución y será cotejada ante la instancias correspondiente”

La respuesta no se hizo nunca, por tanto quedo sin fecha, hasta el momento de interponer el recurso que fue el catorce de Septiembre, el agravio fue la falta de respuesta. Se admitió el recurso el día veinticinco de Septiembre y la autoridad responsable no rindió alegatos, por tanto va el sentido del proyecto:

Toda vez que de las constancias de autos no se advierte que obre respuesta alguna, para el recurrente, ni la autoridad rindió alegatos, se ordena al ente público responsable dé una respuesta a la solicitud de información de fecha nueve de agosto de dos mil diecisiete, sin costo alguno para el recurrente, dentro de los tres días hábiles siguientes en que sea notificada la presente resolución, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como al correo electrónico del particular que se tiene registrado en autos, para lo anterior deberá ceñirse a lo establecido en el Título Octavo, Capítulo I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, así mismo dentro de los mismos tres días hábiles, se deberá informar a este Organismo Revisor sobre el cumplimiento de la presente resolución, adjuntando a dicho informe los documentos originales, o en copia certificada, que acrediten la entrega de la información solicitada.

Pongo a su consideración el sentido del proyecto.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Licenciada consulte a los comisionados miembros de este pleno si aprueban dicho proyecto.

Encargada de la Dirección Jurídica: Me voy a permitir consultar a los comisionados si aprueban el orden de resolución propuesto por Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Rosalinda Salinas Treviño

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionado Juan Carlos López Aceves

Comisionado Juan Carlos López Aceves: Aprobado.

Encargada de la Dirección Jurídica: Comisionada Presidente, se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/243/2017/RJAL.

Comisionada Rosalinda Salinas Treviño: Muchas gracias, seguimos con el siguiente punto del orden del día.

Encargada de la Dirección Jurídica: Le informo que se han agotaron los asuntos.

Comisionada Presidente: Muy bien, agotados los asuntos del orden del día, se declara clausurada la presente Sesión Pública Extraordinaria, siendo las trece horas con cinco minutos, del día once de Octubre de dos mil diecisiete.