Instalación del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.


REFORMAS CONSTITUCIONAL Y LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA.

El 7 de febrero de 2014, fue promulgada la Reforma Constitucional en Materia de Transparencia, entrando en vigor al día siguiente. Previo a su publicación, la acción legislativa del Congreso de la Unión conoció de 3 iniciativas de reforma a la Carta Magna. La primera, presentada por el senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, que reforma a los artículos 6, 16, 29, 73, 76, 105, 110, 116 y 122.

La segunda iniciativa, promovida por la senadora Arely Gómez González, con la presentación de los Grupos Parlamentarios del PRI y PVEM, que reforma los artículos 6, 73, 76, 78, 89, 105, 110, 111, 116 y 122 de la Ley Suprema. Por el Grupo Parlamentario del PAN, la senadora Laura Angélica Rojas Hernández presentó iniciativa de reforma los artículos 6, 16, 73, 76, 78, 105, 108, 110, 111, 116 y 122 de la Constitución Política Mexicana.

Resulta obligado destacar que esta acción reformadora por parte del Congreso de la Unión, resultó inédita al abrirse a la participación de la sociedad civil y de la academia, en un auténtico ejercicio del Senado de la República conocido como Parlamento Abierto. Todas las voces fueron escuchadas por el Grupo Redactor de la Reforma Constitucional, para formar parte del dictamen.

Que presentaron al Pleno las Comisiones Unidas de Anticorrupción, Estudios Legislativos Primera y de Puntos Constitucionales, que están presididas por los senadores Pablo Escudero Morales, Alejandro Encinas Rodríguez y Enrique Burgos García, respectivamente, en la sesión celebrada el 22 de diciembre de 2012. La Minuta fue remitida a la Cámara de Diputados, quien la aprobó el 22 de agosto de 2013 con algunas modificaciones.

De acuerdo a lo que dispone el artículo 72 de la Carta Magna, la Minuta fue devuelta al Senado de la República. Siendo aprobada por el Pleno en sesión realizada el 20 de noviembre de 2013, turnándola nuevamente a la Cámara de Diputados. En donde recibió el visto bueno el 26 de noviembre de este año. La Minuta fue enviada a los Congresos Locales, para efectos de lo señalado por el artículo 135 de nuestra Ley Suprema, siendo aprobada por la LXII Legislatura del Congreso de Tamaulipas, el 12 de diciembre de 2013.

En el Artículo Segundo Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional en Materia de Transparencia, se dispuso que el Congreso de la Unión tendría un plazo de un año, contado a partir de la fecha de su publicación, para aprobar la Ley Reglamentaria del artículo sexto de la Carta Magna.

Una vez más como Cámara de origen, el Senado de la República decidió abrir, en buena hora, el proceso deliberativo a la sociedad civil y académicos para escuchar y tomar en cuentas sus aportaciones, como parte del dictamen que se presentó ante el Pleno, en sesión realizada el 18 de marzo de 2015. Previo a la aprobación, la iniciativa de Ley general de Transparencia fue presentada el 2 de diciembre de 2014, por un Grupo Plural de legisladores de las bancadas del PAN, PRI, PRD y PVEM.

Por conducto de Laura Angélica Rojas Hernández, del Partido Acción Nacional, Arely Gómez González, del Revolucionario Institucional, Alejandro Encinas Rodríguez del Partido de la Revolución Democrática y por el Partido Verde de México el senador Pablo Escudero Morales, la iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Anticorrupción, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda.

Al igual que en el proceso legislativo de la Reforma Constitucional en Materia de Transparencia, nuevamente el Senado dio paso al ejercicio de Parlamento Abierto, escuchando las voces provenientes organizaciones de la sociedad civil como Eduardo Bohórquez López, de Transparencia Mexicana y de reconocidos académicos, como Jacqueline Peschard Mariscal, Sergio López Ayllón, Pedro Salazar Ugarte y Mauricio Merino Huerta, así como de los comisionados del INAI, quienes comparecieron ante las Comisiones Unidas.

El Pleno del Senado aprobó el dictamen de Ley General de Transparencia, el 18 de marzo de 2015, turnando la Minuta a la Cámara de Diputados, en donde fue aprobada en sesión celebrada el jueves 16 de abril, siendo promulgada el 4 de mayo de 2015, para entrar en vigor al siguiente día. Este ordenamiento legal reglamenta diversas disposiciones del artículo sexto constitucional.

Como las facultades de atracción y revisión en segunda instancia por parte del INAI, así como la integración y facultades que tiene el Consejo Nacional de Transparencia y las atribuciones del Sistema Nacional de Transparencia. En la parte transitoria del Decreto que expide la Ley General, quedan señalados los plazos para la implementación de su contenido en las entidades federativas del país, como la armonización de las Constituciones y Leyes locales por parte de los Congresos estatales, que tienen como fecha límite hasta un año contado a partir del martes 5 de mayo de 2015.

Una vez constituido el Sistema Nacional de Transparencia, el reto inmediato es conseguir una efectiva articulación con el Sistema Nacional Anticorrupción, que se encuentra en su fase de inicial de promulgación y vigencia de la Reforma a la Carta Magna, restando la presentación de las iniciativas que contienen las Leyes Generales respectivas, para su implementación en el país, en donde el fortalecimiento de las facultades de la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, así como la intervención del Fiscal Especial para Delitos de Corrupción y la Creación del Tribunal de Justicia Administrativa, serán los pilares de este nuevo sistema.

El Presidente de la República atestiguó la instalación del Sistema Nacional de Transparencia. Los Comisionados del ITAIT estuvieron presentes durante la instalación del Consejo Nacional.
   
Importante avance en materia de transparencia con la instalación del Sistema Nacional de Transparencia y el Consejo Nacional de Transparencia, que articula esfuerzos institucionales en favor de una mejor rendición de cuentas y combate a la corrupción, favoreciendo el desarrollo del Gobierno Abierto y la participación de la sociedad.